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EliminaciĆ³n de la condiciĆ³n

Formulario I-751

EliminaciĆ³n de las condiciones de residencia permanente basadas en el matrimonio

  • Su estatus de residente permanente es condicional si se basa en un matrimonio que tenĆ­a menos de dos aƱos el dĆ­a en que se convirtiĆ³ en residente permanente. Le otorgamos el estatus de residente permanente condicional cuando es admitido en los Estados Unidos con una visa de inmigrante o ajusta su estatus al de residente permanente.

  • Su estado es condicional hasta que demuestre, despuĆ©s de un perĆ­odo de tiempo especĆ­fico, que no contrajo matrimonio para eludir las leyes de inmigraciĆ³n de los Estados Unidos. Para eliminar las condiciones, debe presentar el Formulario I-751, PeticiĆ³n para eliminar las condiciones de residencia .

  • No puede presentar el Formulario I-90 para renovar su Tarjeta de Residente Permanente (Tarjeta Verde) si es un residente permanente condicional.

Criterio de elegibilidad

Por lo general, debe solicitar la eliminaciĆ³n de las condiciones de la residencia permanente con su cĆ³nyuge o padrastro o madrastra ciudadano estadounidense o residente permanente legal (lo que se denomina "presentaciĆ³n conjunta") si:

  • AĆŗn estĆ” casado con el mismo ciudadano estadounidense o residente permanente legal despuĆ©s de dos aƱos; * o

  • Su padre todavĆ­a estĆ” casado con el mismo cĆ³nyuge ciudadano estadounidense o residente permanente legal despuĆ©s de dos aƱos y usted no estĆ” incluido en el Formulario I-751 de sus padres.

Puede presentar el Formulario I-751 sin su cĆ³nyuge o padrastro ciudadano estadounidense o residente permanente legal si:

  • El cĆ³nyuge o padrastro o madrastra que es ciudadano estadounidense o residente permanente legal ha fallecido y usted contrajo matrimonio de buena fe; *

  • Se casĆ³ de buena fe, pero el matrimonio terminĆ³ por divorcio o anulaciĆ³n; *

  • Se casĆ³ de buena fe, pero usted o su hijo fueron maltratados o sometidos a una crueldad extrema por parte de su cĆ³nyuge ciudadano estadounidense o residente permanente; *

  • Su padre o madre se casĆ³ de buena fe, pero usted fue maltratado o sometido a una crueldad extrema por parte de su padre, madrastra o madrastra residente permanente o ciudadano estadounidense; o

  • La terminaciĆ³n de su estado y la expulsiĆ³n de los Estados Unidos resultarĆ­a en dificultades extremas.

* Si usted es un cĆ³nyuge residente permanente condicional, puede incluir a sus hijos residentes permanentes condicional en su peticiĆ³n si recibieron su estado al mismo tiempo o dentro de los 90 dĆ­as de usted.

CĆ³mo aplicar para eliminar las condiciones

  • Si debe presentar una declaraciĆ³n conjunta, usted y su cĆ³nyuge o padrastro o madrastra deben presentar una solicitud conjunta para eliminar las condiciones de su residencia mediante la presentaciĆ³n del Formulario I-751.

CuƔndo aplicar para eliminar las condiciones

  • Debe presentar su Formulario I-751 durante el perĆ­odo de 90 dĆ­as inmediatamente antes de que expire su residencia condicional si presenta el Formulario I-751 junto con su cĆ³nyuge ciudadano estadounidense o residente permanente legal. La fecha de vencimiento de su Tarjeta Verde es tambiĆ©n la fecha de su segundo aniversario como residente permanente condicional. Si no solicita eliminar las condiciones a tiempo, podrĆ­a perder su estado de residente permanente condicional y posiblemente ser expulsado del paĆ­s.

  • Utilice nuestra Calculadora de presentaciĆ³n para determinar su fecha de presentaciĆ³n de 90 dĆ­as.

Si presenta su solicitud fuera del perĆ­odo de 90 dĆ­as

Si no presenta correctamente el Formulario I-751 dentro del perĆ­odo de 90 dĆ­as antes de su segundo aniversario como residente permanente condicional, nosotros:

  • TerminarĆ” automĆ”ticamente su estatus de residente permanente condicional y comenzarĆ” el proceso de deportaciĆ³n en su contra;

  • Enviarle un aviso informĆ”ndole que no ha eliminado las condiciones; y

  • Enviarle un Aviso para comparecer en una audiencia. En la audiencia, puede revisar y refutar la evidencia en su contra. Usted es responsable de demostrar que cumpliĆ³ con los requisitos (no somos responsables de demostrar que no cumpliĆ³ con los requisitos).

Si presenta su Formulario I-751 despuĆ©s del perĆ­odo de 90 dĆ­as, debe incluir una explicaciĆ³n por escrito de por quĆ© estĆ” presentando tarde. Determinaremos si hubo una buena causa para no presentar su Formulario I-751 dentro del perĆ­odo de tiempo requerido.

ĀæCĆ³mo obtener una exenciĆ³n del requisito de presentar una peticiĆ³n conjunta?

Puede solicitar la exenciĆ³n del requisito de presentaciĆ³n conjunta en determinadas circunstancias.

Si no puede solicitar con su cĆ³nyuge o padrastro para eliminar las condiciones de su residencia, puede solicitar una exenciĆ³n del requisito de presentaciĆ³n conjunta en cualquier momento antes, durante o despuĆ©s del perĆ­odo de 90 dĆ­as inmediatamente antes de que expire su residencia condicional. Puede solicitar la consideraciĆ³n de mĆ”s de una disposiciĆ³n de exenciĆ³n a la vez.

Puede solicitar una exenciĆ³n de los requisitos de presentaciĆ³n conjunta si:

  • Su deportaciĆ³n o remociĆ³n resultarĆ­a en dificultades extremas;

  • Usted o sus padres contrajeron matrimonio de buena fe y no para eludir las leyes de inmigraciĆ³n, pero su cĆ³nyuge o padrastro o madrastra falleciĆ³ posteriormente;

  • Usted contrajo matrimonio de buena fe y no para eludir las leyes de inmigraciĆ³n, pero el matrimonio terminĆ³ por anulaciĆ³n o divorcio, y no tuvo la culpa de no presentar una peticiĆ³n a tiempo;

  • Usted contrajo matrimonio de buena fe y no para eludir las leyes de inmigraciĆ³n, pero durante el matrimonio usted o su hijo fueron maltratados o sometidos a una crueldad extrema cometida por su cĆ³nyuge ciudadano estadounidense o residente permanente legal, y no tuvo la culpa de fallar. para presentar una peticiĆ³n conjunta; o

  • Su padre contrajo matrimonio de buena fe y no para eludir las leyes de inmigraciĆ³n, pero durante el matrimonio usted fue maltratado o sometido a una crueldad extrema por parte de sus padres o de su ciudadano estadounidense o madrastra residente permanente legal.

Si estĆ” en proceso de divorcio pero aĆŗn no se ha divorciado

  • Si aĆŗn estĆ” casado, pero legalmente separado y / o en trĆ”mite de divorcio o anulaciĆ³n pendiente y presentĆ³ una solicitud de exenciĆ³n, emitiremos una Solicitud de evidencia (RFE) pidiendo especĆ­ficamente una copia del decreto final de divorcio o anulaciĆ³n, si corresponde. .

  • Si todavĆ­a estĆ” casado, pero legalmente separado y / o en trĆ”mite de divorcio o anulaciĆ³n pendiente, y presentĆ³ un Formulario I-751 conjuntamente, emitiremos una RFE pidiendo especĆ­ficamente una copia del decreto final de divorcio o anulaciĆ³n y una declaraciĆ³n de que le gustarĆ­a que su Formulario I-751 de presentaciĆ³n conjunta se tratara como una exenciĆ³n.

  • DespuĆ©s de que recibamos el decreto final de divorcio o la anulaciĆ³n dentro del perĆ­odo de tiempo especificado, enmendaremos la peticiĆ³n para indicar que ha establecido que es elegible para solicitar una exenciĆ³n del requisito de presentaciĆ³n conjunta basada en la terminaciĆ³n del matrimonio.

Permiso de trabajo y viajes

  • Como residente permanente condicional, recibe una tarjeta verde vĆ”lida por dos aƱos. Esta tarjeta demuestra que tiene derecho a vivir y trabajar en los Estados Unidos durante el perĆ­odo inicial de dos aƱos.

  • Si presenta el Formulario I-751 a tiempo, su notificaciĆ³n de recibo extenderĆ” la validez de su estado de residente permanente condicional por 18 meses. Si su Formulario I-751 aĆŗn estĆ” pendiente y necesita evidencia de su estado despuĆ©s de la prĆ³rroga inicial de 18 meses, debe llamar al Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283 para programar una cita de pase de informaciĆ³n.

ĀæQuĆ© es la asistencia del abogado en un caso de inmigraciĆ³n familiar?

  • Un abogado puede ayudarlo asegurĆ”ndose de que las peticiones y solicitudes se llenen correctamente.

  • Ɖl se asegurarĆ” de que toda la documentaciĆ³n necesaria se envĆ­e de manera oportuna.

  • PrepĆ”rese para la entrevista y asista a la entrevista con el solicitante y / o peticionario para asegurarse de que todos los hechos y argumentos legales se presenten correctamente al oficial de inmigraciĆ³n.

EXPERIENCIA DESTACADA:

CompletĆ³ con Ć©xito mĆ”s de cincuenta ( 50 ) casosde EliminaciĆ³n de Condiciones.

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Para discutir su caso de RemociĆ³n de Condiciones con un abogado de inmigraciĆ³n con experiencia en Jacksonville de Gjoka Law Firm, no dude en contactarnos por correo electrĆ³nico a ag@ag-legal.com o llĆ”menos al 904-351-8749.

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